En cumplimiento de una sentencia del Tribunal Supremo, BBVA y Cajamar
anunciaron ayer que dejarán de cobrar las cláusulas suelo a todos sus
hipotecados. La sentencia también afectaba a NCG, que ha notificado hoy
que las anula también. La noticia supone un cambio radical en las
condiciones de centenares de miles de hipotecas, especialmente ahora que
los tipos de interés están en mínimos.
¿Qué son las cláusulas suelo?
Son un apartado incluido en el contrato hipotecario a tipo variable
que impide que el tipo de interés aplicado a la hipoteca baje de un
determinado umbral. Esto es, si una hipoteca está contratada al euríbor
más un punto y tiene una cláusula suelo del 3,5%, aunque el euríbor baje
al 0,75%, el cliente pagará un tipo de interés del 3,5%, en vez del
1,75% que le correspondería. Estas cláusulas han permitido a la banca
blindarse frente a bajadas en el tipo de interés, a costa de los ahorros
del cliente.
¿Cuántas hipotecas tienen cláusula suelo?
No hay cifras oficiales, y de hecho la falta de transparencia de las
cláusulas suelo, a menudo escondidas en la maraña legal de los contratos
hipotecarios, es lo que ha provocado que el Tribunal Supremo ordenase
la anulación de éstas. Cálculos del mercado apuntan a que hay cuatro
millones de contratos hipotecarios con este tipo de cláusulas. BBVA, que
tiene una cuota de mercado en España cercana al 15%, ha anulado 425.000
contratos, lo que sugiere una cifra total en el entorno de los tres
millones.
¿Qué bancos las aplican?
La práctica totalidad de las entidades financieras contempla las
cláusulas suelo en sus contratos de hipoteca, si bien eso no significa
que las incluyesen en cada contrato. Algunas entidades sí hacen públicos
los suelos de la hipoteca (Popular en el 3,5%, Liberbank en el 4%, por
ejemplo) y en otras hay que preguntar específicamente por ello.
¿Cuánto cuestan al cliente?
Depende, lógicamente, del nivel de los tipos de interés. Ahora que el
euríbor está en mínimos históricos, el coste de una hipoteca con
cláusula suelo respecto a una estándar es muy elevado. Por ejemplo, para
una hipoteca media de 104.000 euros a 25 años y un tipo de interés del euríbor más el 1%,
la cuota mensual sin suelo sería de 416 euros al mes (con datos del mes
pasado). Con cláusula suelo del 4%, la cuota estaría en 579 euros, es
decir, 130 euros más al mes y 1.560 euros al año.
Entonces, ¿Son ilegales?
Las cláusulas suelo no son ilegales en absoluto; son un apartado del
contrato hipotecario y así lo reconoce el Tribunal Supremo. Lo que ha
condenado es su inclusión sin la necesaria transparencia e información
al cliente.
¿Por qué las anuló el Tribunal Supremo?
El Supremo ha definido como causa de nulidad seis supuestos. Uno, que
la hipoteca tuviera “apariencia de un contrato de préstamo a interés
variable” cuando el cliente no siempre se beneficia de una rebaja del
precio del dinero. Dos, “la falta de información suficiente de que se
trata de un elemento definitorio” del contrato. Tres, “la apariencia de
que el suelo tiene como contraprestación inescindible la fijación de un
techo”. Cuatro, “su ubicación entre una abrumadora cantidad de datos
entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del
consumidor en el caso de las utilizadas por el BBVA”. Cinco, “la
ausencia de simulaciones de escenarios diversos” que reflejen cómo
afectan al cliente diferentes comportamientos del euríbor. Y seis, la
“inexistencia de advertencia previa clara y comprensible sobre el coste
comparativo con otros productos de la propia entidad”. En una aclaración
pedida por las entidades, el alto tribunal apuntó que no es necesario
que se den a la vez todos los supuestos para que la anulación sea
eficaz.
¿Qué supone la anulación anunciada ayer por BBVA, Cajamar y NCG?
Fundamentalmente, cumplir la sentencia del Supremo. En primera
instancia, en 2011 un juzgado de Sevilla declaró nulas, por abusivas,
las cláusulas suelo de estas tres entidades, tras una demanda presentada
por Ausbanc. Los recursos de las entidades han llevado a la sentencia
del Supremo, que el 9 de mayo ayer confirmó la nulidad de dichas
cláusulas. Las entidades pidieron la aclaración apuntada en la pregunta
anterior, y el Supremo respondió ayer a primera hora de la tarde. Poco
después, las tres entidades anunciaban que dejaban de cobrar las
cláusulas suelo, con efectos nueve de mayo.
¿La anulación supondrá que se indemniza al cliente?
No. El Supremo dejó claro que la sentencia no tenía efectos
retroactivos. Simplemente, los bancos dejan de cobrar por este concepto.
¿Pueden seguir reclamando clientes del BBVA, Cajamar y NCG o de otras entidades?
Sí. La sentencia responde a la demanda colectiva presentada por
Ausbanc, pero dicha sentencia no impide plantear demandas individuales,
tanto sobre la eliminación de las cláusulas en entidades que no las
hayan quitado como sobre la posible petición de indemnizaciones.
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